Admisión en calidad de socios

ADMISIÓN EN CALIDAD DE SOCIO

Para ser admitido en la condición de socio será necesario:

a) Ser admitido como socio.
b) Suscribir la aportación obligatoria mínima al capital social, y desembolsarla en el momento de la inscripción dando un tiempo de 30 días naturales para hacer el ingreso a partir de la fecha de su anuncio al socio.
c) Desembolsar la cuota de ingreso que establezca la Asamblea general.
d) Suscribir el compromiso de no darse de baja sin justa causa que califique la misma de justificada hasta que haya transcurrido desde su admisión el plazo de 5 años.

MELISANTO  SOCIEDADE   COOPERATIVA  GALEGA

Procedimiento de admisión

PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN

1.- La solicitud de admisión se realizará por escrito dirigido al Consejo Rector de la Cooperativa, que deberá resolver motivadamente en un plazo no superior a dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de aquella. La resolución se comunicará al solicitante y se publicará en el tablón de anuncios de la Cooperativa.

Transcurrido el plazo de dos meses mencionado sin resolución expresa, la solicitud se entenderá denegada.  

2.- Contra la denegación de admisión el solicitante podrá recurrir en el plazo de un mes, a contar desde la comunicación o de la terminación del plazo que el Consejo Rector dispone para resolver, ante la Asamblea General, que resolverá en la primera que se celebre con audiencia previa del interesado, mediante votación secreta.

3.- El acuerdo de admisión también podrá ser impugnado por socios que representen como mínimo el diez por ciento del total de la Cooperativa, en el plazo de 10 días a contar desde la publicación del acuerdo de admisión en el tablón de anuncios de la Sociedad, ante la Asamblea General, que resolverá el recurso en la primera que se celebre previa audiencia del interesado, mediante votación secreta.

Hasta que transcurra el plazo para recurrir o resuelva la Asamblea General sobre el recurso interpuesto, la admisión quedará en suspenso.

4.- La A.P.A estará abierta a la entrada de nuevos socios. Si por causas justificadas no fuera posible en el momento de la solicitud, el ingreso de nuevos socios se hará por riguroso orden basándose en las bajas producidas, y a la ampliación de las instalaciones y servicios en caso de que el número de solicitudes así lo aconseje.

 

NOVAS PARA SOCIOS


DECRETO DE APLICACIÓN DA TAXA LÁCTEA
Publicado no DOG do 8 de agosto de 2007

Decreto 158/2007, do 21 de xuño, polo que se regula en Galicia a aplicación do réxime da taxa láctea.

(Sigue)
A CAZA EN GALICIA
Nova lei para os afecionados á caza
A partir do 26 de novembro de 2006 os cazadores que actúen en territorio galego contan cunha nova lei de caza
(Sigue)

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